lunes, 19 de noviembre de 2012

Devolución Impuestos 2012


El Servicio de Administración Tributaria (SAT), una vez finalizado el período de presentación de la declaración de la renta 2012, en el año que entra, comienza a realizar la devolución de impuestos 2012. Así, se devuelven los saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta y otros tributos.

La mayor parte de las devoluciones suelen ser por el Impuesto al valor Agregado(IVA) dado que es el que más controversia genera con el tema de exenciones y saldos a favor de retenciones y otras cuestiones relacionadas con exportaciones.
Es importante recordar que, para próximos años, y que sea procedente la devolución automática de saldos a favor, a la hora de elaborar la declaración anual se debe proporcionar:
  • Clave Bancaria Estandarizada (Clabe)
  • Nombre del contribuyente
  • Enviar la declaración con Firma Electrónica Avanzada si saldo a favor es mayor de 10,000 pesos
  • Capturar correctamente los datos y montos de las deducciones personales
Algunas preguntas claves:
  • ¿Quiénes lo presentan? Deben presentarla, en realidad si desean tener la devolución, las personas físicas y personas morales que así lo deseen.
  • ¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo, se atiende preferentemente con cita.
  • ¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial ( 903 kB) 32 sellada como acuse de recibo.
  • ¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.

Formas de devolución de Impuestos 2012

En forma personal

Siempre que sean trámites de solicitud de devolución iguales o menores a $13,970.00, de contribuyentes Personas físicas, que no cuenten con firma electrónica avanzada y cuyo origen de la devolución sea “Saldo a Favor” o “Pago de lo Indebido”, y solicitudes de devolución de Personas Físicas y Morales, podrán realizar el envío de su solicitud de devolución, apoyados por personal de los módulos de Servicios al Contribuyente.
Los demás contribuyentes lo deberán hacer a través del Formato Electrónico de Devoluciones disponible en Mi portal con su clave CIEC para autenticarse en el portal y FIEL para su firma y envío.

Devolución automática

Las devoluciones automáticas darán inicio entre los días pocos días de la presentación de la declaración de la renta en 2013 para los contribuyentes, personas físicas, que presenten su Declaración Anual, normal o complementaria, del 2012 y se ubiquen en los supuestos siguientes:
  • Envíen su declaración vía electrónica, utilizando su certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel), tratándose de saldos a favor iguales o superiores a 13,970 pesos
  • El importe que se devolverá mediante este proceso será de hasta 150,000 pesos
  • Manifiesten su número de cuenta bancaria CLABE que es el número compuesto por 18 dígitos que proporcionan los bancos y sirve para efectuar transacciones electrónicas.
  • La Clabe debe ser única
  • Señalen la opción de Devolución en la declaración del ejercicio.
  • No presenten inconsistencias en el llenado de la declaración
  • Manifiesten correctamente el RFC
  • Manifiesten la totalidad de los retenedores con quienes tuvieron relación laboral o comercial en 2012.

Devoluciones por Internet

Para la presentación de la solicitud de devolución vía internet, los contribuyentes deberán ingresar a la sección “Mi Portal” en el portal de internet del SAT, quienes deberán contar con lo siguiente:
  • Clave de Identificación Electrónica Confidencial actualizada (CIEF), para autenticarse en el Portal del SAT.
  • Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente para enviar la solicitud.
  • Acompañar la documentación que se indica en el Catálogo de Servicios y Trámites de acuerdo al tipo de trámite según corresponda.
  • Tratándose de solicitudes de devolución por concepto de IVA convencional, haber presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
  • Aviso importante
  • El tamaño de cada archivo comprimido en formato .zip, que guarde y envíe con la solicitud de devolución por Internet, ahora es de hasta 4 mB (equivalentes a 4,194,304 bytes). Por lo que en lugar de enviar varios archivos, puede concentrar la documentación en un solo archivo que no exceda del tamaño indicado.

1 comentario:

  1. muy buena informacion ya que hay que estar muy actualizados con lo que tiene que ver el sat por eso de los impuestos

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